Si tienes la mala suerte de dar con una empresa de mudanza que no ha cumplido lo que contrataste, o…
A veces la mudanza se convierte en una carga
Si tienes la mala suerte de dar con una empresa de mudanza que no ha cumplido lo que contrataste, o ha provocado daños en tus enseres personales puedes presentar una reclamación por daños en mudanza ante Las Juntas Arbitrales de Transportes que existen en cada Comunidad Autónoma, Ceuta y Melilla.
La Junta Arbitral del Transporte es el órgano institucional que sustituye a los Juzgados y Tribunales en las reclamaciones de su competencia.
Éstas se crean para resolver reclamaciones de carácter mercantil relacionadas con el cumplimiento de los contratos de transporte terrestre y de actividades auxiliares y complementarias del transporte y son las únicas competentes para resolver este tipo de reclamación.
Se podrá acudir a ellas cuando el problema no sea mayor de 15.000 euros y siempre que en el contrato no se diga expresamente que la competencia de Las Juntas Arbitrales de Transporte se excluyen antes del comienzo o del que debiera haber sido el comienzo del servicio contratado.
Si el problema es mayor de 15.000 euros, hace falta que las dos partes, de común acuerdo, sometan a su conocimiento la controversia, para que las Juntas Arbitrales sean competentes.
Las Juntas Arbitrales del Transporte resuelven reclamaciones e intervienen en conflictos, de contenido económico, en relación con los siguientes transportes terrestres (carretera, ferrocarril y cable):
Se refiere a los transportes internos, internacionales o intermodales que son cuando uno de los dos modos es terrestre, por ejemplo, carretera-barco, ferrocarril-aéreo, etc.
, por lo que cualquier usuario, transportista, cargador o intermediario que sea una de las partes contratantes en un transporte, puede hacerlo directamente.
Las características a tener en cuenta son las siguientes:
Qué vas a encontrar en este artículo
SOPORTE LEGAL
La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 37 y 38, (BOE del 31 de julio), modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre.
El Reglamento de esta Ley, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, artículos del 6 al 12, (BOE del 8 de octubre).
Orden de 30 de marzo de 2001 por la que se establecen normas para la realización por las Juntas Arbitrales del Transporte de funciones de depósito y enajenación de mercancías (BOE del 14 de abril).
Las normas de las distintas Comunidades Autónomas que las han constituido.
Si desea información de cada Junta Arbitral por provincia (teléfonos, mails, direcciones, etc) pulse sobre el mapa y obtendrá la información requerida.
Este artículo está basado en soportes legales actualizados a fecha de 26/08/15.
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